Procedimiento administrativo
Es la forma de actuar en materia administrativa. El procedimiento consta de tres fases: iniciación, desarrollo y terminación. El expediente del procedimiento está formado por los documentos que se generan en las diferentes fases del proceso. Es la base que permitirá llegar a la resolución.
Iniciación del procedimiento
Se puede iniciar de oficio, cuando la iniciativa parte de la propia Administración, o a instancia de particular.
Soportes documentales
Pueden ser de cualquier tipo siempre que sean compatibles con los medios de que disponga la Administración.
En los documentos debe aparecer la identificación del ciudadano y la del órgano al que se dirige, los hechos, razones y petición, y el medio y lugar de notificación.
Solicitud
Es el documento mediante el cual los ciudadanos realizan peticiones a la Administración. Consta de cuatro partes:
- Encabezamiento.- Figurarán el nombre, apellidos y DNI del solicitante.
- Exposición.- Se explican los motivos por los que se presenta la solicitud.
- Solicitud.- Contiene la petición que se realiza.
- Información complementaria.- Documentos que se estimen necesarios para precisar el contenido.
Denuncia
Documento mediante el cual los ciudadanos ponen en conocimiento de la Administración hechos que pueden dar lugar a la iniciación de un procedimiento administrativo.
Desarrollo del procedimiento
a) Impulso.- El procedimiento será impulsado de oficio por la propia Administración.
b) Actos de instrucción.- Se clasifican en:
- Alegaciones: documentos mediante los cuales los interesados exponen los datos, hechos o argumentos que se desea que tenga en cuenta el órgano que ha de resolver.
- Informes: a veces los especialistas emiten en un plazo de diez días informes que pueden ser o no ser vinculantes.
- Pruebas: son el medio que acredita los hechos. Las ordena la Administración.
- Audiencia: trámite que se realiza una vez finalizado el expediente para que el interesado pueda hacer alegaciones o aportación de nuevos documentos. Las alegaciones de esta fase se denominan alegaciones en trámite de audiencia.
c) Información pública.- Cuando el asunto lo requiera se publicará en el boletín oficial correspondiente.
d) Actuación de los interesados.
